viernes, 21 de noviembre de 2008

El Programa dispone de un conjunto de prestaciones integradas de apoyo a la construcción e implementación de un proyecto formativo y ocupacional destinado a los jóvenes con el objetivo de proporcionarles oportunidades laborales adecuadas a sus perfiles, a sus expectativas y a sus entornos.

Objetivos

Este programa tiene como objetivo generar oportunidades de inclusión social y laboral de los jóvenes, a través de acciones integradas, que les permitan construir el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.

Requisitos de los participantes

Podrán participar los jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años de edad, que tengan residencia permanente en el país, no hayan completado el nivel primario y/o secundario de escolaridad y se encuentren desempleados.
Los jóvenes que superen el límite máximo de edad durante el programa, podrán continuar hasta VEINTICUATRO (24) meses contados desde su incorporación.

Incorporación de los jóvenes al Programa

Los jóvenes interesados en participar del Programa, deberán solicitar una entrevista en la Oficina de Empleo Municipal (Mendoza 852 ) o en los Municerca correspondiente a su domicilio.

Deberán presentarse con su DNI, y un orientador entrevistará a los jóvenes interesados para ampliar la información sobre el Programa y se completará o actualizará la historia laboral del joven. Finalizado este registro, ambas partes firmarán un convenio de adhesión que se remitirá, para su validación, a las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral.

Las solicitudes de ingresos que sean validadas por las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral antes del día DIEZ (10) de cada mes, permitirán a los jóvenes iniciar en forma inmediata el proceso de orientación e inducción al mundo del trabajo. Cuando la validación sea posterior a dicha fecha, el proceso de orientación e inducción deberá iniciarse dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos del mes siguiente.

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